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¿JURY AL CAMARISTA TAZZA?
Día D
por Carlos Walker
carloswalker@eltabano.com
| El próximo 27 de mayo el Plenario del órgano rector de jueces se expediría sobre si corresponde o no iniciar un proceso de Juicio Político contra el vocal de la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata, Dr. Alejandro Osvaldo Tazza, o si por el contrario corresponde dejar sin efecto el dictamen instruido por el Dr. Beinusz Szmukler. “Probablemente el 27 de mayo el Plenario se expida sobre el caso del camarista Tazza” adelantó en declaraciones exclusivas a EL TÁBANO, el Dr. Luis Pereira Duarte, quien es integrante de la Comisión de Acusación del Consejo de la Magistratura de la Nación que hace pocos días aprobó por mayoría un dictamen acusatorio contra el camarista federal por presunto mal desempeño y la posible comisión de mala conducta en sus funciones como juez. Cabe recordar que el expediente se inició en el 2000 cuando la denunciante una abogada marplatense la Doctora Ana María Lofeudo atribuyó al magistrado un supuesto mal desempeño en el ejercicio de sus funciones y la presunta comisión de los delitos de “prevaricato, enriquecimiento ilícito e incumplimiento de los deberes de funcionario público”. Luego, al debatirse el tema en el seno de la Comisión de Acusación del cuerpo, los consejeros Marcela Rodríguez, Luis Pereira Duarte, Juan Minguez y Beinusz Szmukler se manifestaron a favor de acusar al magistrado, en tanto que María Chaya y Jorge Casanovas votaron por la negativa. Sobre el Juez de Cámara pesan causales de mal desempeño, basadas en que supuestamente habría beneficiado a un abogado del foro local en distintos fallos, y además se cuestionaba la forma en que habría crecido su patrimonio desde que fue promovido a la Cámara Federal. En el 2001 el magistrado brindó aclaraciones acerca de su patrimonio y en esa oportunidad aseveró que todo cuanto posee es bien habido: un inmueble en la calle Alvear de Mar del Plata, un terreno en el barrio Los Acantilados (propiedad de su esposa), un auto importado cuyo valor ronda los 5.700 pesos, y dos tarjetas de crédito. Además justificó la cantidad de viajes al exterior realizados en el año 1998, cuyos gastos, según los dichos del magistrado, fueron compartidos con la esposa. Tazza, en esa línea dijo tener un patrimonio cercano a los 700 mil pesos desde que fue designado como juez en la Cámara Federal, en octubre de 1993. De esta forma justificó sus bienes y negó las restantes acusaciones por considerar que nunca favoreció económicamente al abogado, ni recibió presiones para abrir los denominados “Juicios por la Verdad”. “Creo que estas son graves irregularidades porque nosotros dentro del Consejo de la Magistratura estamos aspirando a la excelencia de los magistrados” afirmó Pereira Duarte y agregó “los magistrados no tienen que dejar ningún tipo de dudas en cuanto a su accionar y creemos, por lo menos es esto lo que yo creo personalmente y algunos otros consejeros lo comparten, que así como en el derecho penal existe lo que se llama in dubio pro reo, que en el caso de dudas debe ser absuelto el acusado, pero en estos casos debe ser a la inversa, acá estamos en el in dubio pro societatis en el caso de dudas debemos estar en contra del magistrado y en favor de la sociedad, que pretenden que sus Jueces sean transparentes y no tengan ningún tipo de sospecha, máxime en estos momentos que nuestra sociedad lo esta exigiendo a diario” Asimismo, el dictamen marcó que “los actos ofensivos al decoro de la función judicial o que comprometan la dignidad del cargo” constituyen una falta disciplinaria en los términos del inciso “c” del artículo 14 de la ley 24.937 del Consejo de la Magistratura, pero la doctrina ha sostenido con buen tino que la falta de decoro grave configura la causal de mal desempeño. Al respecto, según difundió el periódico especializado Diario Judicial, las actitudes asumidas por el magistrado en lo atinente a la irregularidad en la regulación de honorarios a su conviviente y su cobro y un hurto de energía eléctrica desde su casaquinta no pueden sino ser calificadas de “faltas graves” pues “minan el prestigio y la credibilidad del mismo frente a los justiciables”. “Para la Comisión de Acusación; éstas conductas y otras delinean el mal desempeño que como causal de remoción prevé el articulo 53 de la Constitución Nacional” según fue expresado por el mencionado medio. En otro tramo de la conversación con EL TÁBANO, el abogado Pereira Duarte sentenció “tratamos de ver la conducta global de un Juez, no solo analizar hechos aislados, que tal vez en su forma individual no tenga la gravedad necesaria pero sumados unos a otros denotan una inconducta que hace cesar un poco ese derecho que tienen los jueces de permanecer toda su vida en el cargo”. En el momento de brindar explicaciones ante la Comisión de Acusación, el camarista federal negó la comisión de los delitos que se le imputan. Aunque, Pereira Duarte no dudo en afirmar que “las explicaciones del magistrado no nos dejaron satisfechos, por eso hemos llegado a esta conclusión, de cualquier modo si se llega a conseguir la mayoría para la iniciación del Juicio Político, tendrá oportunidad nuevamente en el Jury de defenderse”. |
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