Noviembre
de 2005


LOS SUPERMERCADOS EN FALTA

TIRO A LA CANASTA (Básica familiar)
Por Gimena López Mazzini
 

ALGUNOS ANTECEDENTES…
El concepto “Canasta Básica Alimentaria”, como su nombre bien lo indica, hace referencia a una suerte de compendio de bebidas y comestibles considerados esenciales para el desarrollo equilibrado de una persona. Por este motivo la Oficina municipal de Defensa del Consumidor de Mar del Plata acordó con cinco cadenas de supermercados locales que se darían a conocer públicamente los precios más baratos de aquellos artículos considerados de primera necesidad. De esta manera se le garantizaría a la comunidad su derecho a la información a fin de realizar las compras que le resulten más beneficiosas luego de cotejar todas las ofertas.
Las empresas que adhirieron a este convenio fueron Disco, Ahorro Fácil, Toledo, Carrefour y el Mercado Comunitario. Estas 5 compañías se comprometieron a enviar semanalmente los precios de los productos considerados dentro de la canasta familiar a Defensa del Consumidor asumiendo la responsabilidad de no modificar estos precios durante ese lapso. En una primera instancia las cinco cadenas cumplieron con lo pactado no obstante hoy en día sólo dos de ellas, Carrefour y Disco, siguen respetando el acuerdo.
Dicho pacto, celebrado por un decreto del 2002, invitó a los supermercadistas a acompañar la labor de apalear la actual situación de crisis haciendo público un listado de productos básicos cuyos precios se comprometerían a mantener semanalmente. Esta medida dejó de cumplirse en el mismo año en que tuvo origen. Ya en el 2004, Defensa del Consumidor en forma mancomunada con la Comisión para la Promoción y Desarrollo del Concejo Deliberante decidió reflotarla. ¿De qué manera? En primer lugar aprovechando el impulso que se le comenzaba a dar a la página web del municipio utilizándola como un servicio de mediación a través del cual los supermercados podrían transmitir los costos de sus productos y los usuarios del sitio electrónico podrían beneficiarse con el servicio. ¿Cuál fue la finalidad? Por un lado garantizarles a los consumidores la transparencia de las transacciones comerciales por medio de la información de precios.
Simultáneamente, considerando que este decreto carecía de obligatoriedad, se aplicó con el objetivo de ejercer un monitoreo sobre los supermercados suministrándoles un espacio para que dieran a conocer sus ofertas, las que luego serían constatadas con la realidad de las góndolas.

AHORRO FÁCIL, TOLEDO Y EL MERCADO COMUNITARIO: LA AUSENCIA DE UNA RESPONSABILIDAD SOCIAL CONTINÚA.
¿Por qué no pueden multarse a los comerciantes que cesaron de enviar esta información a pesar de los repetidos llamados de Defensa del Consumidor? El principal inconveniente es que si bien existe una legislación que establece el cumplimiento de estas normas, la Ordenanza 16244 que fue promulgada a fines del año pasado, aún no está reglamentada con lo cual su cumplimiento queda a merced de la buena voluntad de los supermercadistas y de su grado de compromiso con la sociedad en que se insertan.
En este sentido el titular de Defensa del Consumidor, doctor Federico Álvarez Larrondo, enfatizó en una entrevista realizada por EL TÁBANO que “ante una coyuntura como la que estamos viviendo los supermercados tendrían que acompañarnos sin la necesidad de que fuera obligatorio” y añadió que “por eso es importante remarcar la labor de estas dos cadenas, Disco y Carrefour, que aún sin estar obligados a responder siguen enviando todas las semanas los listados de sus productos ayudándonos en la labor cotidiana de respaldar los derechos de los consumidores”. Ahora bien, en tanto la Ordenanza siga sin reglamentación continuará sin poder exigirse a los supermecados que hagan públicos semanalmente sus precios y los mantengan. Aún así, ninguna de estas cadenas está exenta de cumplir con las ofertas que prometan, cualquiera fuera el medio por el que lo realicen, tal como lo ampara la ley de defensa al Consumidor (24.240). Aquí radica la importancia de estar informados y ejercer un papel ciudadano activo ya que ni las acciones de amparo de Defensa del Consumidor ni la buena voluntad de algunos comerciantes sería suficiente si no se tiene en cuenta un rol más comprometido también por parte de la gente. Alvarez Larrondo se mostró optimista en este sentido y afirmó que “la sociedad está empezando a tomar más conciencia de sus derechos y está haciéndolos valer. Realmente no existe un mejor método de control que el ciudadano mismo y en este último tiempo estamos teniendo muy buenas experiencias al respecto, ya sea a través de organizaciones no gubernamentales, que nos informan en qué lugares se cumplen las normativas y en cuales no, así como a través de la incipiente pero efectiva responsabilidad que están asumiendo los consumidores. Un claro reflejo de esto es que tan sólo en el 2005 llevamos iniciados más de 1800 expedientes”.

OTRO TIPO DE IRREGULARIDADES
El titular de Defensa del Consumidor mencionó que las demandas y reclamos que se presentan de forma más repetitiva giran en torno al aumento indiscriminado de precios. A este efecto explicó que“El gran problema de toda economía de mercado es que no se pueden ni fijar ni controlar precios, sino que estos se rigen por el libre juego de la oferta y la demanda. Pese a ello, cuando la oferta está distorsionada como por ejemplo cuando hay asociaciones de empresas, como se está dando en mucho rubros, donde éstas se ponen de acuerdo entre sí y aumentan todas juntas o no se presentan a concursar en algunos precios; debe actuar la Secretaría de Defensa de la Competencia de la Nación” y afirmó que esta primera instancia es de gran importancia aludiendo que “poco podemos hacer desde el control ciudadano si luego la oferta aumenta toda junta quedando sin posibilidad de castigar o de premiar a los comerciantes”.
Siguiendo en esta línea, Alvarez Larrondo señaló que es indispensable para complementar la labor de la Defensa del Consumidor que los convenios firmados por el estado nacional con los distintos sectores estén acompañados de algún tipo de sanción o bien tengan cláusulas más claras en cuanto a límites y montos que permitan una aplicación concreta en todo el país. Recalcó incluso que “llegado el caso ni siquiera es necesaria la sanción ya que si los convenios son claros y estipulan una oferta concisa, la infracción del acuerdo ya queda contemplada en la ley misma de Defensa del Consumidor porque lo que están realizando es una oferta al público, la cual no puede ser engañosa. Por lo tanto, de no cumplirse un acuerdo de estas características, Defensa del Consumidor entonces sí tendría las herramientas para actuar”.

NO HAY COMPROMISO QUE DURE CIEN AÑOS… NI SUPERMERCADO QUE LO RESISTA
Hasta acá la fórmula resulta armoniosa, casi perfecta: actuación municipal, compromiso ciudadano y responsabilidad empresarial. Sin embargo de las 5 cadenas que originalmente enviaban la información de sus productos para publicarla a través del portal de la Municipalidad (Disco, Carrefour, Toledo, Ahorro Fácil y Ferias Comunitarias), sólo dos de estas compañías, como ya se destacó, mantuvieron su palabra: Disco y Carrefour. ¿Qué pasó con las otras tres cadenas? ¿Insensibilidad social o temor a que los precios emitidos de forma pública no se constaten con los de las góndolas?
Como fuera, el principal damnificado siempre termina siendo el bolsillo de los que menos tienen. Y es que sin un sistema de información veraz y eficiente que permita tomar decisiones bien fundadas, los consumidores seguirán quedando a la intemperie.
La Ordenanza aún no está reglamentada, esto es una realidad, pero el compromiso social asumido por las nombradas empresas es igual de concreto. Sin más que agregar, un aplauso para los supermecados que consideran las necesidades de los consumidores e hicieron programática voluntariamente una norma que aún no tiene carácter de obligatoriedad y un abucheo para quienes han perdido la sensibilidad y dejaron, quien sabe cuando, de percibir la realidad de una sociedad de la que forman parte.

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