LOS SUPERMERCADOS EN FALTA
TIRO A LA CANASTA (Básica
familiar)
Por Gimena López Mazzini
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ALGUNOS
ANTECEDENTES…
El concepto “Canasta Básica Alimentaria”, como su nombre bien lo indica,
hace referencia a una suerte de compendio de bebidas y comestibles
considerados esenciales para el desarrollo equilibrado de una persona.
Por este motivo la Oficina municipal de Defensa del Consumidor de Mar
del Plata acordó con cinco cadenas de supermercados locales que se
darían a conocer públicamente los precios más baratos de aquellos
artículos considerados de primera necesidad. De esta manera se le
garantizaría a la comunidad su derecho a la información a fin de
realizar las compras que le resulten más beneficiosas luego de cotejar
todas las ofertas.
Las empresas que adhirieron a este convenio fueron Disco, Ahorro Fácil,
Toledo, Carrefour y el Mercado Comunitario. Estas 5 compañías se
comprometieron a enviar semanalmente los precios de los productos
considerados dentro de la canasta familiar a Defensa del Consumidor
asumiendo la responsabilidad de no modificar estos precios durante ese
lapso. En una primera instancia las cinco cadenas cumplieron con lo
pactado no obstante hoy en día sólo dos de ellas, Carrefour y Disco,
siguen respetando el acuerdo.
Dicho pacto, celebrado por un decreto del 2002, invitó a los
supermercadistas a acompañar la labor de apalear la actual situación de
crisis haciendo público un listado de productos básicos cuyos precios se
comprometerían a mantener semanalmente. Esta medida dejó de cumplirse en
el mismo año en que tuvo origen. Ya en el 2004, Defensa del Consumidor
en forma mancomunada con la Comisión para la Promoción y Desarrollo del
Concejo Deliberante decidió reflotarla. ¿De qué manera? En primer lugar
aprovechando el impulso que se le comenzaba a dar a la página web del
municipio utilizándola como un servicio de mediación a través del cual
los supermercados podrían transmitir los costos de sus productos y los
usuarios del sitio electrónico podrían beneficiarse con el servicio.
¿Cuál fue la finalidad? Por un lado garantizarles a los consumidores la
transparencia de las transacciones comerciales por medio de la
información de precios.
Simultáneamente, considerando que este decreto carecía de
obligatoriedad, se aplicó con el objetivo de ejercer un monitoreo sobre
los supermercados suministrándoles un espacio para que dieran a conocer
sus ofertas, las que luego serían constatadas con la realidad de las
góndolas. |
AHORRO FÁCIL, TOLEDO Y EL MERCADO
COMUNITARIO: LA AUSENCIA DE UNA RESPONSABILIDAD SOCIAL CONTINÚA.
¿Por qué no pueden multarse a los comerciantes que cesaron de enviar esta
información a pesar de los repetidos llamados de Defensa del Consumidor? El
principal inconveniente es que si bien existe una legislación que establece
el cumplimiento de estas normas, la Ordenanza 16244 que fue promulgada a
fines del año pasado, aún no está reglamentada con lo cual su cumplimiento
queda a merced de la buena voluntad de los supermercadistas y de su grado de
compromiso con la sociedad en que se insertan.
En este sentido el titular de Defensa del Consumidor, doctor Federico
Álvarez Larrondo, enfatizó en una entrevista realizada por EL TÁBANO que
“ante una coyuntura como la que estamos viviendo los supermercados tendrían
que acompañarnos sin la necesidad de que fuera obligatorio” y añadió que
“por eso es importante remarcar la labor de estas dos cadenas, Disco y
Carrefour, que aún sin estar obligados a responder siguen enviando todas las
semanas los listados de sus productos ayudándonos en la labor cotidiana de
respaldar los derechos de los consumidores”. Ahora bien, en tanto la
Ordenanza siga sin reglamentación continuará sin poder exigirse a los
supermecados que hagan públicos semanalmente sus precios y los mantengan.
Aún así, ninguna de estas cadenas está exenta de cumplir con las ofertas que
prometan, cualquiera fuera el medio por el que lo realicen, tal como lo
ampara la ley de defensa al Consumidor (24.240). Aquí radica la importancia
de estar informados y ejercer un papel ciudadano activo ya que ni las
acciones de amparo de Defensa del Consumidor ni la buena voluntad de algunos
comerciantes sería suficiente si no se tiene en cuenta un rol más
comprometido también por parte de la gente. Alvarez Larrondo se mostró
optimista en este sentido y afirmó que “la sociedad está empezando a tomar
más conciencia de sus derechos y está haciéndolos valer. Realmente no existe
un mejor método de control que el ciudadano mismo y en este último tiempo
estamos teniendo muy buenas experiencias al respecto, ya sea a través de
organizaciones no gubernamentales, que nos informan en qué lugares se
cumplen las normativas y en cuales no, así como a través de la incipiente
pero efectiva responsabilidad que están asumiendo los consumidores. Un claro
reflejo de esto es que tan sólo en el 2005 llevamos iniciados más de 1800
expedientes”.
OTRO TIPO DE IRREGULARIDADES
El titular de Defensa del Consumidor mencionó que las demandas y reclamos
que se presentan de forma más repetitiva giran en torno al aumento
indiscriminado de precios. A este efecto explicó que“El gran problema de
toda economía de mercado es que no se pueden ni fijar ni controlar precios,
sino que estos se rigen por el libre juego de la oferta y la demanda. Pese a
ello, cuando la oferta está distorsionada como por ejemplo cuando hay
asociaciones de empresas, como se está dando en mucho rubros, donde éstas se
ponen de acuerdo entre sí y aumentan todas juntas o no se presentan a
concursar en algunos precios; debe actuar la Secretaría de Defensa de la
Competencia de la Nación” y afirmó que esta primera instancia es de gran
importancia aludiendo que “poco podemos hacer desde el control ciudadano si
luego la oferta aumenta toda junta quedando sin posibilidad de castigar o de
premiar a los comerciantes”.
Siguiendo en esta línea, Alvarez Larrondo señaló que es indispensable para
complementar la labor de la Defensa del Consumidor que los convenios
firmados por el estado nacional con los distintos sectores estén acompañados
de algún tipo de sanción o bien tengan cláusulas más claras en cuanto a
límites y montos que permitan una aplicación concreta en todo el país.
Recalcó incluso que “llegado el caso ni siquiera es necesaria la sanción ya
que si los convenios son claros y estipulan una oferta concisa, la
infracción del acuerdo ya queda contemplada en la ley misma de Defensa del
Consumidor porque lo que están realizando es una oferta al público, la cual
no puede ser engañosa. Por lo tanto, de no cumplirse un acuerdo de estas
características, Defensa del Consumidor entonces sí tendría las herramientas
para actuar”.
NO HAY COMPROMISO QUE DURE CIEN AÑOS… NI SUPERMERCADO QUE LO RESISTA
Hasta acá la fórmula resulta armoniosa, casi perfecta: actuación municipal,
compromiso ciudadano y responsabilidad empresarial. Sin embargo de las 5
cadenas que originalmente enviaban la información de sus productos para
publicarla a través del portal de la Municipalidad (Disco, Carrefour,
Toledo, Ahorro Fácil y Ferias Comunitarias), sólo dos de estas compañías,
como ya se destacó, mantuvieron su palabra: Disco y Carrefour. ¿Qué pasó con
las otras tres cadenas? ¿Insensibilidad social o temor a que los precios
emitidos de forma pública no se constaten con los de las góndolas?
Como fuera, el principal damnificado siempre termina siendo el bolsillo de
los que menos tienen. Y es que sin un sistema de información veraz y
eficiente que permita tomar decisiones bien fundadas, los consumidores
seguirán quedando a la intemperie.
La Ordenanza aún no está reglamentada, esto es una realidad, pero el
compromiso social asumido por las nombradas empresas es igual de concreto.
Sin más que agregar, un aplauso para los supermecados que consideran las
necesidades de los consumidores e hicieron programática voluntariamente una
norma que aún no tiene carácter de obligatoriedad y un abucheo para quienes
han perdido la sensibilidad y dejaron, quien sabe cuando, de percibir la
realidad de una sociedad de la que forman parte. |